- 1. La muerte que le adjudican ocurre el 16 de Abril de 2007. Declaró como testigo pero luego lo convirtieron en presunto culpable sin derecho a defenderse y el expediente se consigna hasta el 1 de Septiembre de 2011.2. El Agente del Ministerio Público Ricardo Granados Caballero, pide mediante oficio a los agentes de la Policía Ministerial el 13 de Abril de 2009 que se avoquen a la investigación del homicidio y el mismo día éstos presentan a dos testigos. Declaran de manera "voluntaria" retractándose de sus testimonios originales de 2007. Se trata de dos señores uno de 63 y otro de 69 años de edad cuyas declaraciones iniciales acreditaban la inocencia de Oscar, pues ellos lo vieron pasar y lo guiaron para poder encontrar a la mujer que buscaba, sabiendo que ella pretendía suicidarse. Es evidente que los señores fueron presionados e inducidos para negar lo que habían declarado.3. El 21 de Abril de 2009 es ilegalmente detenido un profesor de la Preparatoria 55 y llevado a los separos de Chimalhuacán; lo torturaron y lo amenazaron de muerte a él y a su familia si denunciaba. Lo obligaron a declarar que Oscar le confesó que él había estrangulado a la mujer.4. El mismo día detienen y golpean en Chimalhuacán a un hermano de Oscar a quien los judiciales extorsionaron con dinero para no involucrarlo en las acusaciones. Se inició una denuncia en la Comisión de Derechos Humanos.5. En la consignación se ignoró a los testigos de Oscar; se ignoraron los peritajes en toxicología forense, que apuntan al suicidio; se ignoraron las llamadas y mensajes telefónicos que prueban que él no estuvo con la occisa en el momento de su muerte.6. El Fracción IX del artículo 20 constitucional dice que será nula toda prueba obtenida con violación de derechos fundamentales.7. En los peritajes no aparece ninguna prueba de que la occisa se haya defendido o de que haya sido sujetada, como lo afirma la acusación. La mujer de 36 años de edad que murió, gozaba de cabal salud, tenía un grado de escolaridad de doctorado, era madre de un hijo de 13 años y era independiente. Resulta degradante y ofensivo para su memoria asumir que pudo haber permitido, accedido o alentado su muerte, como lo ha determinado la autoridad.Si el Gobierno del Estado de México es garante de la aplicación justa de la ley y los derechos, no sólo debe desistirse de esta grotesca fabricación, sino que debe sancionar a quienes han actuado por consigna o interés torciendo las leyes para presentar a la sociedad el culpable de una muerte que no pueden o no quieren explicar ni dejar en paz.
Comité-Red de comunicación y lucha en favor de Oscar Hernández Neri y los otros presuntos culpables.
En México se es culpable si las autoridades lo desean o lo requieren; se es culpable si se carece de dinero y se tiene la desgracia de ser primero víctima de la policía y después del sistema judicial; se es culpable si es la pobreza la que determina el estatus social y ésta la condición jurídica; se es culpable cuando nuestro sistema jurídico requiere ensalzar sus logros, y se es culpable porque la maraña, ineptitud y sordera de nuestras leyes impide, aunque sea el caso, demostrar inocencia.
Arnoldo Kraus
16 de abril de 2013
¿Porqué el gobierno debe desistirse de la acción penal contra el Profesor Oscar?
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